Browse » Home
Un juez de Nueva York ha declarado que una dirección IP por sí sola no puede considerarse como prueba suficiente para probar que una persona se descargó archivos piratas...
El magistrado Gary Brown ha emitido ese
veredicto ante el caso de la descarga ilegal de una película pornográfica, y ha
señalado que tratar de demostrar la culpabilidad de un usuario basándose solo
en su dirección IP es una pérdida de tiempo.Para el juez, no se puede demostrar que la
persona que paga por un acceso a internet en un determinado lugar es la misma
que se descargó ese contenido pirateado.En ese sentido, Brown pone como ejemplo el caso
de las llamadas telefónicas, ya que tampoco se puede saber si la persona que
paga las facturas ha realizado una determinada llamada.Además, con la implantación de las conexiones
vía Wi-Fi, una misma dirección IP puede haber sido empleada por varios miembros
de una familia o por un usuario externo que haya logrado conectarse.La resolución de este caso podría sentar un
precedente y tumbar las múltiples denuncias interpuestas en Estados Unidos
contra usuarios del servicio P2P BitTorrent.Por otro lado, la decisión del juez Brown
también podría ser utilizada en contra de los planes que entrarán en vigor en
julio, y que implican que las operadoras podrían cortar el acceso a internet a
aquellos usuarios que reciban seis avisos por haber hecho descargas ilegales.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario